Universidad Yacambú

MODELOS PARA LA TOMA DE DECISIONES

AUTOR: ÁNGEL CONTRERAS

 

EL DECISOR PÚBLICO EN EL ENTORNO VENEZOLANO

Localización:

 

Las sociedades democráticas se distinguen de las no-democráticas en dos tópicos fundamentales. En primer lugar, en la forma en que se accede al poder, el cual implica la realización de elecciones competitivas y regulares sobre la base del sufragio universal. El segundo aspecto se refiere al modelo de toma de decisiones. En este último caso, el principal interés es obviamente la habilidad del gobierno para producir decisiones concertadas y con ellas asegurar la estabilidad social y política del país. En este modelo de representatividad no existe ninguna pretensión de que los votantes establezcan la agenda política o tomen las decisiones políticas; de cualquier manera los votantes ni generan los temas a tratar ni eligen las políticas. Este modelo decisional se soporta en el voto secreto, los derechos civiles, las elecciones periódicas y competitivas. Esta breve referencia al modelo decisional dominante en la mayoría de las sociedades en el mundo nos permitirá caracterizar el modelo venezolano y evaluar al decisor público.

En Venezuela, además, de las competencias tradicionales del Poder Público nacional, en el ámbito legislativo, ejecutivo y judicial, se han incorporado, dos nuevos poderes, el Poder Ciudadano y el Poder Electoral. Indudablemente ambos poderes, representan una innovación institucional sin precedentes en América Latina. La democracia social y participativa no sólo evoca un conjunto de fenómenos políticos-jurídicos que van más allá de la defensa de un procedimiento electoral, sino que además, tiene importantes implicaciones sobre la manera como se distribuye y se configura el poder político y las oportunidades entre los distintos actores. El cambio en el diseño constitucional implica transformaciones importantes respecto a la mediación entre el Estado y la sociedad venezolana.

Ello repercute también en el modelo decisional y en las nuevas y complejas funciones que debe cumplir el decisor público en el país. Obviamente, ello implica distinguir entre lo público y lo privado. Lo público alude a lo visible, a lo común; su esfera será la de los intereses colectivos, la de los asuntos públicos. Lo privado se refiere, por el contrario, a lo oculto, a lo propio, y apunta al ámbito de las cuestiones domésticas, al dominio de las relaciones personales. En todo caso, el decisor público tiene entre sus funciones esenciales: diseñar, promover e instrumentar políticas públicas que afectan a las colectividades humanas. El decisor público está representado, en el entorno venezolano, por las diversas ramas del Poder Público Nacional. En cada una de sus instancias el decisor público (se refiere siempre a decisiones de elites o grupos) se encarga de diseñar, promover, concertar y ejecutar decisiones que fomenten el bienestar colectivo.

Tal como reza el Título IV en su artículo 136 “El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en las realización de los fines del Estado”. En el caso que nos ocupa centraremos nuestra atención en el Decisor Público vinculado al Poder Ejecutivo (ya que es a este le corresponden las funciones de gobierno). Lo que nos interesa destacar es la dialéctica entre el Decisor Público y los intereses colectivos, en cuanto a la prestación de los servicios públicos. Como es sabido, en los últimos años se han instrumentado un conjunto de reformas (descentralización) con el objeto mejorar los servicios públicos.

 

Análisis Crítico:

 

Podríamos comenzar afirmando que en Venezuela persisten un conjunto complejo de problemáticas que impiden el mejoramiento efectivo y eficaz de los servicios públicos. En primer lugar, a pesar de las transformaciones institucionales de los últimos años, se observa un deterioro progresivo de las instituciones y del marco regulatorio que sirve de soporte al decisor público. La desinstitucionalización se refiere a los enfrentamientos entre un modelo decisional que se ha agotado definitivamente y la emergencia de un nuevo modelo que no ha terminado de nacer. A este respecto, persisten en las instituciones venezolanas prácticas sociales cimentadas en el clientelismo político, que obstaculizan la instrumentación de políticas públicas que beneficien al colectivo nacional. En segundo lugar, nos encontramos con un tópico de carácter cultural referido a un decisor público que orienta sus decisiones en el interés particular y de los suyos, y que colocándose en un ámbito más allá de bien y del mal, escasamente consulta sus decisiones (quien detenta el poder tiene sobre sí una aureola o manto sagrado -autoimpuesto- que le permite tomar decisiones sin importar la influencia o consecuencias que ocasiona sobre la comunidad).

Obviamente, ello implica, la ausencia de patrones culturales vinculados al bien público, teniendo un patrón privatizado de sus decisiones en oposición al bienestar colectivo. Por último, los procesos de reforma no han implicado el desarrollo de formas complejas de colaboración entre las ramas de Poder Público Nacional (como aparece bosquejado en el artículo 136), observándose una competencia desleal en donde debe existir concurrencia. Las contradicciones esbozadas repercuten en el proceso decisorio y por consiguiente en la prestación del servicio público. Partiendo de dichas premisas, el decisor lejos de pensar el bienestar colectivo y las formas de acceder a él, resuelve situaciones como si realizara un favor (el ciudadano es objeto de mi favor y por ello debe estar agradecido). Por lo tanto, podríamos puntualizar que en el proceso decisorio en el país persisten visiones que entorpecen la posibilidad de pensar y realizar el bienestar colectivo, en virtud de que el modelo es discrecional (de acuerdo al punto de vista de la persona que la impone).

Toda esta forma de administrar decisiones trae consigo alguna de las siguientes consecuencias:

·        La toma de decisiones al no ser consultada tiene escasa legitimidad (los costos y consecuencias son altos si es una decisión errada).

·         La toma de decisiones está muy unida en las instituciones venezolanas a la discrecionalidad del funcionario.

·         La toma de decisiones lleva consigo muchas veces consecuencias en personas y equipos de trabajo que, al sentirse afectados, dan lugar a conflictos, pero por otro lado la no adopción de decisiones puede originar en muchos casos más problemas y conflictos que una decisión tomada, aunque ésta no haya sido acertada.

El segundo, aún no bien entendido, habla del servidor público cuyo único interés es su don de servir a la comunidad, considerando siempre la alternativa que se ajusta mas a la justicia, sin tomar en cuenta los intereses personales suyos o ajenos, en el se cumple la gestión pública científica, donde el ciudadano tiene iguales derechos con respecto al decisor.

El estado venezolano se halla inmerso en una serie de cambios estructurales, uno de ellos tiene que ver con la formación del venezolano como ciudadano. Educar al ciudadano común en sus derechos y prepararlo a defenderse ante el poder público. Tienen que ver estos cambios con la calidad de gestión pública, donde el funcionario se halle al servicio del ciudadano y no al revés. Acá el interés del estado debe ser como prestador de servicios y garante de los deberes y derechos del venezolano.

Es significativo, el caso del decisor público venezolano se halla en franca oposición con la visión neoliberal la cual está orientada a asignarle al Estado un rol mínimo, que plantea que es la sociedad por si sola la  que genera los equilibrios y el desarrollo de la colectividad, y las necesidades de los individuos, asumiendo el Estado funciones secundarias, aquellas que la sociedad no puede resolver, esto se traduce en la política de privatizar el conjunto de los servicios y empresas públicas y contar con una economía lo más abierta posible, evitando los papeles reguladores del Estado, aplicando medidas como la reducción de impuestos y bajas arancelarias.

Según la noción de “Crecimiento con equidad” desarrollado por la CEPAL, posterior a la crisis de los ochenta, sustentado en la lógica de que el Estado no debe desentenderse de las políticas sociales sin la idea del Estado Empresario,  La concepción que  debe considerar el proceso decisorio  público es la llamada visión de Estado Regulador, que manteniendo los patrones del modelo anterior, le asigna  al Estado un papel más protagónico, intermediario y regulador entre el mercado y la sociedad, en síntesis la lógica de estado que está en juego en la actualidad es la de Estado mínimo versus Estado regulador.

 

Bien conocidos son los últimos sucesos ocurridos en territorio venezolano por parte de la sociedad civil en las decisiones de estado. Esta  situación repercute directamente en los mecanismos de participación ciudadana. Razón poderosa en este hecho se halla en el distanciamiento del gobierno y los partidos políticos de los problemas cotidianos de la gente. No es desconocido el escaso interés del pueblo en los partidos políticos; la falta del establecimiento de doctrinas mas acordes con las circunstancias mundiales de parte de los partidos políticos puede señalarse como uno de los motivos para este desinterés, los líderes de las organizaciones políticas ya no representan un ente mediador entre la sociedad civil y el estado, sino de sus propios intereses  particulares. Este entremetimiento induce a una nueva visión de la toma de decisiones públicas, donde la sociedad civil tiene un papel protagónico y ya estas deben tener sobre sí un poderoso aval, el consentimiento del pueblo.

 

INFOGRAFÍA

 

http://www.kas-ciedla.org.ar/archivo/huneeus4.pdf

http://www.cfnavarra.es/INFO-POINT.EUROPA/boletin/52/actual3.htm

http://www.farn.org.ar/docs/p10/publicaciones10-7.html

http://www.poderciudadano.org.ar/accesoderechos.htm

http://www.asies.org.gt/economico/proyecto-presupuesto/rol-estado.htm

http://216.239.37.100/search?q=cache:HFuDJKrOM9YC:www.cere2000.org.mx/mesa3/cambio6.htm+%22la+toma+de+decisiones+p%C3%BAblicas%22&hl=es&ie=UTF-8